Entradas

MODIFICACIÓN DE MEDIDAS EN LOS PROCESOS DE FAMILIA

Imagen
      MODIFICACIÓN DE MEDIDAS EN LOS PROCESOS DE FAMILIA Hola a todos, os traigo un tema interesante y que tiene bastante importancia en la actualidad como consecuencia de los cambios que se originan en el transcurrir del tiempo después de que la pareja dejó su vida en común y, que por diferentes motivos se ven obligados a cambiar el convenio regulador. Las personas vamos mejorando, pero también vamos a peor fortuna, vicisitudes de la vida. Las medidas adoptadas con ocasión de la nulidad, separación o divorcio o la ruptura de una pareja de hecho respecto a los hijos, tanto las acordadas por los cónyuges o progenitores en el convenio regulador, como las establecidas por el juez en defecto de convenio, obedecen a la existencia de unas determinadas circunstancias en ese momento. Si por hechos posteriores dichas circunstancias cambian, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio para adaptarse a la nueva situación a través de la correspondiente demanda de modificación

CAUSAS QUE EXIMEN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL

Imagen
    CAUSAS QUE EXIMEN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL   Hola a todos, hoy toca escribir sobre Derecho penal, así podremos entender cuándo alguien ha cometido un delito y nos echamos las manos a la cabeza porque el responsable queda libre o con unas determinadas medidas de seguridad para no volver a cometer actos tipificados en la Ley como delitos.  El título con el que comienza este artículo es le mismo con el que Código Penal intitula en Capítulo II del Libro I De las causas que eximen de la responsabilidad criminal, artículos 19 y 20.  En el art. 19 nos dice que los menores de dieciocho años no son responsable criminalmente con arreglo a este Código, sin embargo en el punto dos del artículo nos aclara que será responsables según lo dispuesto en la ley que regule la responsabilidad penal del menor, ésta es la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor LORPM, ya sabéis todo lo que trate sobre Derechos Fundamentales se establece por ley orgánica, la cual se diferencia de l

EL DIVORCIO

Imagen
  EL DIVORCIO El procedimiento de divorcio en España depende del tipo de divorcio que se quiera solicitar: de mutuo acuerdo o contencioso. El divorcio de mutuo acuerdo es aquel en el que los cónyuges están de acuerdo en todos los aspectos relativos al divorcio, como la custodia de los hijos, el reparto de los bienes, la pensión de alimentos, etc. El divorcio contencioso es aquel en el que existe algún tipo de desacuerdo entre los cónyuges y se requiere la intervención de un juez para resolver el conflicto. Los pasos para divorciarse en España son los siguientes: - Divorcio de mutuo acuerdo:     * Los cónyuges deben presentar una demanda de divorcio conjunta ante el juzgado de primera instancia del lugar del último domicilio conyugal o del domicilio de cualquiera de ellos. A la demanda se debe adjuntar un convenio regulador, que es un documento donde se establecen las medidas que regirán la nueva situación de los cónyuges y de los hijos, si los hay.     * El juez citará a lo