SUCESIÓN INTESTADA

 


 

SUCESIÓN INTESTADA

Buenos días lectores, os traigo una nueva entrega sobre la sucesión mortis causa, en este caso escribo sobre la sucesión intestada, anteriormente ya vimos la sucesión testamentaria, veamos.

La sucesión intestada en España se produce cuando una persona fallece sin dejar testamento válido o sin haber dispuesto de la totalidad de sus bienes mediante dicho documento. En este caso, la ley establece un orden de preferencia para determinar quiénes serán los herederos legales. A continuación, se desarrollan los aspectos y características más relevantes de la sucesión intestada en España:

  1. Orden de preferencia de los herederos:
    • El Código Civil establece un orden de preferencia para determinar quiénes son los herederos legales en caso de sucesión intestada. Este orden es el siguiente:
      1. Hijos y descendientes: Tienen preferencia los hijos y sus descendientes. La sucesión se realiza por estirpes, es decir, si un hijo ha fallecido antes que el causante, sus descendientes tendrán derecho a representarlo.
      2. Padres y ascendientes: En caso de no existir descendientes, la sucesión recae en los padres y ascendientes. Si los padres están vivos, heredan por partes iguales; en caso de fallecimiento de alguno de ellos, los ascendientes más cercanos heredarán.
      3. Cónyuge viudo: Si no hay descendientes ni ascendientes, el cónyuge viudo tiene derecho a heredar. La cuantía de la herencia que le corresponde dependerá del régimen económico matrimonial y de si existen parientes colaterales (hermanos, sobrinos, etc.).
  2. Derecho de representación:
    • En la sucesión intestada, el derecho de representación se aplica cuando los hijos del fallecido no pueden heredar porque han fallecido antes que él. En este caso, sus descendientes tienen derecho a representarlos y heredarán por estirpes.
  3. Colación:
    • Los herederos forzosos en la sucesión intestada están sujetos a la obligación de colacionar. Colacionar consiste en sumar a la masa hereditaria los bienes que los herederos hayan recibido del causante en vida, para que se distribuya la herencia de manera equitativa.
  4. Desheredación y legítima:
    • Aunque la sucesión intestada se produce en ausencia de testamento, el testador tiene la facultad de desheredar a ciertos herederos forzosos mediante testamento, siempre y cuando existan causas legalmente establecidas. Los herederos forzosos, incluso en la sucesión intestada, tienen derecho a la legítima, que es la parte de la herencia de la que no se les puede privar.
  5. Bienes y deudas del causante:
    • La sucesión intestada implica la transmisión de todos los bienes, derechos y obligaciones del fallecido a sus herederos legales. Esto incluye tanto los bienes muebles e inmuebles como las deudas y obligaciones pendientes.

Es importante tener en cuenta que las normas de sucesión intestada pueden variar dependiendo de la legislación específica de las comunidades autónomas en España. Además, la aplicación de estas reglas puede cambiar si el fallecido tenía nacionalidad extranjera o bienes en otros países. Por ello, se recomienda siempre contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho sucesorio para abordar cada caso de manera adecuada.

 

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